Siguiendo la estela de las ayudas desarrolladas en 2022, queremos compartir contigo algunas de las ayudas previstas a las empresas gallegas para este 2023. Las fechas de las convocatorias aún no han sido publicadas pero se esperan que sean próximas a este trimestre. Una vez se hayan publicado, actualizaremos este post con las mismas y los links a las convocatorias.
Vamos a hablar de InnovaPeme y de las ayudas a la digitalización 4.0 de IGAPE, en los que productos de Easyworks como CapturaMRP o 3DEXPERIENCE WORKS son susceptibles de ser subvencionados. En este sentido, si necesitas cualquier tipo de apoyo o soporte por nuestra parte, no dudes en contactar con nosotros.
InnovaPeme
El Programa InnovaPeme está destinado a financiar las actividades integradas en los planes de innovación empresariales, de micro, pequeñas y medianas empresas gallegas. Se otorga financiación a aquellas acciones en línea con la RIS3.
El objetivo final de InnovaPeme es el de fomentar y fortalecer a las empresas gallegas que persigan algunos de los siguientes objetivos:
- Desarrollo de productos y/o servicios adaptados a las necesidades y demanda del mercado.
- Desarrollo de soluciones y/o metodologías innovadoras para la mejora de la productividad y el funcionamiento empresarial.
- Transformación de los procesos internos empresariales para la mejora organizacional.
Beneficiarios:
1. Microempresas, pequeñas y medianas empresas, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las cuáles se solicita la ayuda.
- Los beneficiarios de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda.
Actividades que se subvencionan:
Prerrequisitos
1. Las actividades incluidas en el plan de innovación que se subvencionan serán las que reúnan, necesariamente, las siguientes características.
a) Constituirán un conjunto completo y coherente de actividades, incluidas en la memoria descriptiva de la solicitud, y que permitan implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
b) El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros.
- La presentación de un plan de innovación con un presupuesto fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
c) Su duración mínima será de un año; la presentación de un plan de innovación con una duración fuera del rango establecido será causa de inadmisión de la solicitud de ayuda.
Actividades concretas subvencionadas
I. Actividades de innovación, destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas (desbordamiento del conocimiento), deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica; estas actividades comprenderán la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, y la adquisición de servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación.
II. Actividades de innovación, destinadas a la mejora de:
- procesos, mediante aplicación de métodos de producción o logística, nuevos o mejorados de manera significativa (que incluya cambios sustanciales en cuanto a las condiciones tecnológicas, equipamientos o implementación de nuevas soluciones informáticas).
- gestión innovadora empresarial, mediante la puesta en funcionamiento de nuevos métodos organizativos para la comercialización, la organización del centro y actividades del trabajo o las relaciones exteriores de la empresa.
No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, el mero relevo o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos, y el comercio de productos nuevos o mejorados de manera significativa.
Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador. El comienzo del plan de innovación tendrá como fecha mínima de inicio a fecha de solicitud, por lo que cualquier actividad o inversión tendrá que ser ejecutado con posterioridad a la solicitud.
Cuadro resumen
Cuantía de la ayuda | 50% de los costes de implementación del plan de innovación de la empresa (entre 40.000€ y 100.000€) |
Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva |
Beneficiarios | Micro, pequeñas y medianas empresas con domicilio social o centro de trabajo en Galicia. |
Empresas excluidas | Empresas que en el momento de la publicación de la resolución incluirán como rúbricas exclusivas de la CNAE-2009 alguna de las siguientes: Sección J: información y comunicación: quedan excluidas cómo beneficiarias las empresas de las divisiones 61: Telecomunicaciones; 62: Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; y 63: Servicios de información. Las empresas que ya habían resultado beneficiarias del Programa InnovaPEME en las resoluciones de la concesión de los años 2017, 2019, 2020, 2021 y 2022. |
Actividades subvencionadas | a) Actividades de innovación: estudios de nuevos productos o servicios innovadores, asesoramiento en innovación, protección industrial o intelectual, … b) Innovación en materia de procesos y/u organización: cambios y/o soluciones innovadoras que mejoren la producción o nuevas metodologías que incidan positivamente en el funcionamiento interno de la empresa, prácticas comerciales, metodologías, … |
Requisitos | Las empresas solicitantes tendrán que presentar el informe Innobench, estudio gratuito y personalizado: https://www.zfv.es/innobench/ |
Ayudas a la digitalización de la industria 4.0 por IGAPE
Estas ayudas de IGAPE están destinadas a proyectos de digitalización de procesos de las empresas gallegas entre 2023 y 2024. Los proyectos podrán ser de dos modalidades:
1: Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- A. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
- B. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
2: Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- A. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores..
- B. Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
- C. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares).
Los proyectos de la modalidad 1 tendrán preferencia sobre los de la modalidad 2. El Igape podrá reclasificar los proyectos entre modalidades y tipos en caso de que la clasificación propuesta por la empresa no sea correcta.
Se podrán subvencionar las siguientes formas de inversiones:
- a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevos adquiridos en propiedad. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte y equipamiento de oficina, excepto elementos informáticos.
- b) Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa (por ejemplo asesoría fiscal o publicidad)
- c) En los proyectos de la modalidad 1, si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto, hasta un máximo de 5.000 € (excluido el IVA). Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.
- d) En los proyectos de la modalidad 2, tipo A y B, con importe subvencionable superior a 50.000 € y que sean coordinados por un hub de innovación digital de los seleccionados al amparo de la Estrategia gallega de HID, se podrá considerar subvencionable un importe máximo de 5.000 € (excluido el IVA) en concepto de esta coordinación.
Cuantías:
- Tipo 1: proyectos con un importe subvencionable de menos de 50.000 €.
- Tipo 2: proyectos con un importe subvencionable de entre 50.000 € y 120.000 €.
- Tipo 3: proyectos con un importe subvencionable de más de 120.000 €.
Los proyectos deberán estar finalizados para poder optar al cobro de la subvención. Se entiende que los proyectos están finalizados cuando exista la capacidad de interconexión multiempresa de procesos en el caso de los proyectos colectivos o cuando las interfaces puedan conectar a la solicitante con otra u otras empresas, o bien los sistemas de digitalización estén implantados y operativos, en el caso de proyectos individuales, lo que se acreditará en la memoria de justificación. No se aprobarán proyectos que no propongan llegar a resultados, como estudios de viabilidad o diseño de soluciones aisladamente de su desarrollo e implantación en la empresa solicitante.
Los proyectos deberán ser técnica y económicamente viables para la empresa solicitante. El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.
Cuadro resumen
Cuantía de la ayuda | Desde 12.000€ a 120.000€. |
Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva. Los proyectos deberán alcanzar un mínimo de puntuación para acceder a dicha concurrencia competitiva. |
Beneficiarios | Pymes gallegas que emprendan proyectos de innovación. |
Empresas excluidas | -Empresas pertenecientes al sector de la pesca y la acuicultura, al sector de la producción agrícola primaria, al sector del acero, al sector del carbón, al sector de la construcción naval, al sector de las fibras sintéticas, al sector de los transportes, así como la infraestructura conexa, la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas. -Las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda. -Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007. – Las empresas en crisis. Se utilizará para esta comprobación la definición del artículo 2.18 del Reglamento general de exención (Reglamento CE 651/2014). – Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. |
Actividades subvencionadas | 1: Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto: A. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales. B. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad. 2: Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto: A. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.. B. Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad. C. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares). |
Esperamos que este post haya sido de ayuda. ¡Muchas gracias!